Diputados buscará sancionar el proyecto que autoriza al Gobierno provincial a tomar deuda
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Diputados buscará sancionar el proyecto que autoriza al Gobierno provincial a tomar deuda
 
Ver imagen Será una sesión especial programada para las 14. Este miércoles la iniciativa obtuvo dictamen sin la firma de los legisladores del PJ, que no acudieron a la reunión. El proyecto tiene media sanción del Senado esta semana.

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Fecha:28/08/2025 8:25:00 
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En una sesión especial, la Cámara de Diputados buscará darle la media sanción faltante al proyecto que autoriza al Gobierno provincial a endeudarse en n 500 millones de dólares en el mercado.

La sesión comenzará a las 14 hs. Este miércoles la comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas junto con la de Legislación General firmaron dictamen sin la firma de los diputados del PJ, que decidieron no acudir a la reunión.

Cabe recordar que el lunes en la Cámara de Senadores la iniciativa obtuvo media sanción con 12 votos a favor, destancandose el dato de que cuatro de esos votos fueron del Bloque de Más por Entre Ríos.

El proyecto de ley, de autoría del Poder Ejecutivo, autoriza al mismo a concretar actos, operaciones, mecanismos y/o instrumentos financieros de crédito público, en moneda nacional o extranjera, que juzgue más apropiados para adecuar las condiciones emergentes de las obligaciones derivadas de la deuda pública provincial y/o pagos referentes al inciso 7: Servicios de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos, incluyendo la restitución al Tesoro Provincial de los fondos erogados por tales conceptos durante el ejercicio 2025, hasta un monto total que no podrá exceder los U$S 500.000.000 (dólares estadounidenses quinientos millones), o su equivalente en Pesos conforme al tipo de cambio vigente al momento del efectivo ingreso de los fondos.

Las operaciones podrán celebrarse en pesos o en moneda extranjera. El Poder Ejecutivo podrá asegurar el cumplimiento de las distintas obligaciones asumidas conforme las autorizaciones que prevé esta Ley, mediante la afectación en garantía y/o cesión de los derechos de la Provincia, sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales o el régimen que lo sustituya o modifique, como así también los recursos tributarios derivados de la propia administración y recaudación provincial y que integran la Fuente Tesoro Provincial.
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