Receta electrónica: amplían su uso obligatorio para estudios y prácticas ambulatorias | |
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La digitalización de las recetas médicas ya no será exclusiva de los medicamentos. El Ministerio de Salud de la Nación anunció la expansión del sistema de receta electrónica, que ahora incluirá cualquier indicación médica, como estudios, prácticas clínicas, procedimientos y dispositivos médicos.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 2214/2025 y se enmarca en el cumplimiento de la Ley 27.553, que establece la obligatoriedad de las prescripciones digitales.
Esto significa que todas las órdenes médicas deberán emitirse a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS). El objetivo es consolidar un sistema unificado, interoperable y trazable a nivel nacional.
Para asegurar la sinergia del circuito de digitalización, la normativa vigente establece que los repositorios deben estar abiertos a todas las plataformas o sistemas de prescripción, en función del financiador o cobertura de salud del paciente.
Identificación segura y control de las recetas Uno de los ejes centrales de la nueva normativa es la correcta identificación de los pacientes y de cada receta emitida. Para ello, se utilizará el CUIL como dato principal dentro del sistema de prescripción. “Uno de los principales avances que introduce esta normativa es la implementación de la identificación unívoca y segura tanto del paciente como de cada receta emitida. Para garantizar la correcta identificación de la persona, se utilizará el CUIL como dato principal en todo el sistema de prescripción”, remarcaron fuentes del Ministerio de Salud. Además, cada prescripción contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR). Este código “permitirá ubicar cada prescripción de manera precisa y segura, sin alterar ni duplicar los registros originales. Esta clave es fundamental para fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia en todo el proceso”.
Otro avance importante es que el nuevo sistema permitirá construir un banco de evidencia auditable, con el fin de evitar estudios innecesarios o duplicaciones. Esto, según el gobierno, optimizará el uso de recursos y reducirá el impacto económico sobre el sistema de salud, una de las preocupaciones crecientes en contextos de alta demanda.
Tratamiento especial para recetas archivadas y zonas sin conectividad La norma también incluye procedimientos específicos para la digitalización de recetas de prescripción restringida, como aquellas que incluyen psicotrópicos o estupefacientes, las cuales deberán ser conservadas por al menos tres años en plataformas seguras. El objetivo es garantizar el monitoreo y la fiscalización adecuada de estos medicamentos sensibles.
“De esta manera, el sistema de receta electrónica no sólo facilita el acceso y la continuidad de los tratamientos, sino que también refuerza el control sanitario y la supervisión del uso de medicamentos sensibles”, afirmaron desde el Ministerio.
La implementación de esta nueva etapa tendrá plazos escalonados: los prestadores tendrán 45 días para la identificación unívoca, 90 días para adaptar las recetas archivadas y 120 días para las de receta restringida, según consta en la normativa publicada en el Boletín Oficial.
“Desde el Ministerio de Salud se coordinarán los aspectos técnicos necesarios con los actores involucrados para facilitar el proceso”, explicaron. Sin embargo, también se contemplaron excepciones: “Para aquellas situaciones en las que no sea posible su implementación, como ocurre en localidades alejadas o con dificultades de conectividad, seguirá vigente el uso de la receta en papel”.
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