Se podrán importar cosméticos y productos higiénicos para uso comercial sin autorización de la ANMAT
 Home Regístrese



Contenido
Home
Portada
Actualidad
Gobierno
Paraná
Derechos Humanos

Referecia
_
Contáctenos


1

 
Se podrán importar cosméticos y productos higiénicos para uso comercial sin autorización de la ANMAT
 
Ver imagen A través de la disposición 4033/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, los establecimientos que efectúen las importaciones de los productos previamente aprobados por la ANMAT, deberán dar aviso de su nacionalización, dentro de las 48 horas de ingresados.

 Envíenos su consulta o comentario. |  Enviar esta noticia por email Recomendar esta noticia
Fecha:10/06/2025 8:16:00 
Texto completo de la noticia  
 
Reducir Ampliar

La ANMAT dejará de autorizar la importación, para uso comercial, de productos de uso doméstico, de higiene oral, higiénicos descartables (como por ejemplo pañales), copas menstruales, o muestras destinadas a ensayos realizados por laboratorios.

A través de la disposición 4033/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, los establecimientos que efectúen las importaciones de los productos previamente aprobados por la ANMAT, deberán dar aviso de su nacionalización, dentro de las 48 horas de ingresados (en carácter de declaración jurada). La presente disposición entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial.

“Esta medida busca promover el agilizar y simplificar los procesos y hacer más eficiente la gestión pública”, explican a nivel oficial.

La nueva disposición permite que la ANMAT se retire de los trámites aduaneros para concentrarse en la vigilancia post-comercialización. Se dedicará a fiscalizar exhaustivamente a los productos importados comercializados en el mercado local, con el propósito de controlar la eficacia y seguridad de esos productos.

Algunos de los productos de los cuales la ANMAT no requerirá solicitud previa de autorización de importación son cosméticos, domi sanitarios, de higiene oral de uso odontológico, productos higiénicos descartables de uso externo, o de uso intravaginal.

Antecedente
Cabe recordar que el 28 de mayo, ANMAT a través de la disposición 3562/2025, permitió el ingreso al país de productos de higiene personal y cosmética sin autorización cuando se trate de importaciones para uso personal realizadas por particulares.

Esta norma se aplica para productos como perfumes, cremas, tampones, copas menstruales, pañales, toallitas femeninas, enjuagues bucales o repelentes.

En su momento, el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger afirmó: “Nada tiene que hacer el Estado autorizándote un perfume o un pañal. Vaya a saber qué mente retorcida o qué interés oculto motivó estas restricciones. Darle acceso al mercado mundial de consumo a los argentinos es un acto puro de libertad: libertad de elegir, de comprar y de acceder”.
 Home
www.lambdasi.com.ar
E-mail
y reciba periódicamente nuestras últimas novedades...






Muni Villaguay

El Pingo

Agmer central
ATE