Cómo se elaboran las cifras oficiales |
En 2024 hubo 247 crímenes por violencia de género | |
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Uno de los reclamos del primer Ni Una Menos, en 2015, fue que haya un registro oficial de las víctimas de femicidio para conocer la profundidad de la problemática. Ese mismo año se creó el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), que elabora la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (OM-CSJN), con datos provistos por todas las jurisdicciones del país.
En 2024, en la Argentina se contabilizaron 228 víctimas directas de femicidio y 19 víctimas de femicidio vinculado, lo que implica 247 víctimas letales de violencia de género. Las 228 víctimas directas de femicidio incluyen 220 mujeres cis y 8 mujeres trans/travestis.
Tiempo Argentino, habló con María Delia Castañares, titular de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dependencia que se ocupa de analizar y sistematizar los datos recolectados. que analiza y sistematiza los datos recolectados.
-¿Cómo impactaron los reclamos de Ni Una Menos en la Justicia?
-Si bien la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y los poderes judiciales provinciales ya venían desarrollando acciones en materia de género con anterioridad a la primera movilización de Ni Una Menos, el impacto más significativo se manifestó en la decisión de la CSJN de iniciar la publicación sistemática del Registro de Femicidios. Esta publicación, que fue una de las demandas expresas de aquella primera convocatoria, se realiza desde entonces de manera ininterrumpida.
-¿Cómo se trabaja actualmente para llegar a las cifras oficiales?
-El relevamiento de datos se lleva a cabo conforme a un protocolo elaborado por la Oficina de la Mujer de la CSJN, disponible en su sitio institucional (oficinadelamujer.gob.ar). En virtud de dicho protocolo, cada poder judicial provincial, así como la mayoría de los ministerios públicos fiscales del país, ha designado referentes responsables de recopilar y cargar la información sobre causas judiciales vinculadas a muertes violentas de mujeres, independientemente si están caratuladas o no como femicidios. Se revisan estas causas, con perspectiva de género, para determinar si cumplen con los indicios establecidos en el protocolo (basado en el Protocolo de Naciones Unidas para la investigación de muerte violenta de mujeres que adaptó la UFEM para nuestro país).
La definición empleada para su identificación es la adoptada por el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), con independencia de la tipificación penal vigente. Este enfoque ha permitido replicar la metodología a nivel regional, en el marco de la Cumbre Judicial Iberoamericana.
El registro contempla los casos de femicidios vinculados y aquellos por interposición en la línea de fuego, por ello en nuestro registro también se incluye a los hombres que han sido asesinados en un contexto de violencia contra las mujeres. Por ejemplo, parejas actuales, hijos, o incluso funcionarios públicos de la policía o de la justicia que han muerto al acudir en auxilio o protección de las mismas. También incluye los casos en los que el sujeto activo se suicida, con datos proporcionados por los ministerios públicos fiscales.
La información recolectada es analizada y sistematizada por la Oficina de la Mujer que cada año publica el informe anual, que se complementa con un seguimiento continuo a través del Observatorio de Causas de Femicidios. Los datos además se publican en formato abierto para que puedan ser consultados y tomados para otros estudios.
-¿Qué acciones concretas implementa el Poder Judicial para reducir la violencia de género?
-La CSJN, a través de la Oficina de la Mujer y la Oficina de Violencia Doméstica, junto con los distintos poderes judiciales provinciales —que cuentan con juzgados especializados, oficinas de género y otras estructuras institucionales— viene trabajando ininterrumpidamente en la temática desde hace más de dieciséis años.
No obstante, es fundamental destacar que la violencia de género es un fenómeno de carácter multicausal. Por tal motivo, su abordaje exige una respuesta integral y coordinada por parte de todos los estamentos del Estado, así como el compromiso activo de la sociedad en su conjunto.
-¿Qué cambios se percibieron en la sociedad luego de la marcha desde la perspectiva judicial?
-La marcha Ni Una Menos constituyó un hito relevante en la visibilización social de la problemática, pero es importante recordar que la CSJN ya venía desarrollando acciones concretas desde años antes. En 2008, se puso en funcionamiento la Oficina de Violencia Doméstica, bajo la dirección de la Dra. Elena Highton de Nolasco, con atención permanente y equipos interdisciplinarios.
En 2009 se creó la Oficina de la Mujer, dirigida por la Dra. Carmen Argibay, que al momento de la sanción de la Ley 27.499 (Ley Micaela) ya había capacitado a más de 35.000 operadores judiciales en todo el país. Tras el fallecimiento de la Dra. Argibay y la jubilación de la Dra. Highton, el trabajo de ambas oficinas fue sostenido y fortalecido con el compromiso del pleno de la Corte Suprema.
Esta continuidad institucional se ha replicado en todo el país, con el compromiso activo de los poderes judiciales provinciales, las asociaciones de magistrados y funcionarios, la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales (JUFEJUS), la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina y los consejos de la magistratura.
-¿Se han registrado ataques vinculados con discursos de odio hacia los feminismos y las personas LGBTI+?
-No se ha realizado, hasta el momento, una investigación específica sobre dicha cuestión, por lo cual no resulta posible emitir un juicio fundado al respecto.
-¿Qué aspectos deben fortalecerse para disminuir los femicidios?
-Insisto en que se trata de una problemática que requiere una respuesta sistémica. Es indispensable que todos los actores sociales e institucionales asuman un rol activo: las instituciones educativas, cuando toman conocimiento de situaciones de violencia el sistema de salud, tanto público como privado, cuando asisten a mujeres con lesiones compatibles con hechos de violencia y, por supuesto, el Poder Judicial, encargado de dictar medidas urgentes de protección y prevenir la escalada de las agresiones.
Además, resulta fundamental la intervención efectiva de las agencias ejecutivas, considerando que la competencia primaria en materia de violencia de género corresponde a las provincias, cuyas instituciones trabajan con un alto compromiso, sin perjuicio de la intervención de la justicia federal en aquellos casos que involucren delitos de su jurisdicción.
Los datos El informe publicado por la Oficina de la Mujer agrega que al menos el 86% de los casos la víctima directa de femicidio tenía vínculo previo con agresor. El 54% eran parejas, ex parejas o tenían otro tipo de relación sexo-afectiva en el 16% eran familiares, y en el 16% tenían otro tipo de vínculo. Solo en el 9% de los casos eran desconocidos entre sí. También que, al momento del hecho, al menos 96 víctimas directas de femicidio tenían a cargo a 204 niñas, niños o adolescentes (de 0 a 17 años de edad).
En al menos el 48% de los casos relevados se registraron hechos previos de violencia de género/doméstica entre la víctima y el sujeto activo de femicidio directo, mientras que al menos el 12% de los femicidas tenían antecedentes de violencia de género respecto a otras víctimas (distintas a las del femicidio).
En cuanto a la nacionalidad de los victimarios, al menos el 88% eran argentinos, mientras que al menos 11% eran de origen extranjero.
Inmediatamente después de cometer el hecho, 41 sujetos activos (17%) se suicidaron y otros 13 lo intentaron (5%) 85 (35%), en tanto, se dieron a la fuga, mientras que 76 sujetos activos (31%) buscaron ocultar su autoría.
Las víctimas directas de femicidio fueron asesinadas principalmente mediante el uso de la fuerza física (manual y con elementos) en 86 casos (36%) con armas blancas y/o elementos cortopunzantes en 67 (29%) con armas de fuego, en 46 (20%) con fuego u otros medios combustibles en 13 (6%), y en 5 (2%) el femicidio directo se cometió por intoxicación o venenos.
De los casos relevados en 2024, al menos 36 de las 228 víctimas directas estuvieron desaparecidas o extraviadas previo al hallazgo del cuerpo.
El 79% (180) de las víctimas de femicidio directo fueron atacadas en viviendas, mientras que el 9% (20) de estos hechos ocurrió en el espacio público. El 84% de los hechos sucedieron en zonas urbanas, mientras que el 14% ocurrieron en zonas rurales. | |